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LOS SACRAMENTOS EN LA IGLESIA - EL BAUTISMO

Foto del escritor: La ResurrecciónLa Resurrección

POR: PBRO. USBALDO CASTAÑO

A). IMPORTANCIA DE ESTE SACRAMENTO: Es el primer sacramento, fundamento de la vida cristiana, es la puerta de los demás sacramentos, es el medio por el cual el hombre entra a formar parte del cuerpo místico de Cristo, se incorpora a la iglesia y se hace partícipe de su misión. Su recepción imprime carácter y es necesario para la salvación, en aquellos a los que se les ha anunciado el Evangelio, y han tenido la posibilidad de pedir este sacramento Cfr. Mc. 16.16; CCE 1257; canon 849).


Por el bautismo el hombre:

1. Es liberado del pecado original y de los pecados personales si los hubiera.

2. es regenerado (vuelto a crear) como hijo de Dios y hecho así partícipe de la naturaleza divina, recibiendo de la Santísima Trinidad la gracia santificante, con las virtudes y dones que esta comporta.

3. es configurado con Cristo por el carácter indeleble.

4. es incorporado a la Iglesia.


De ahí que una vez que se ha administrado válidamente el bautismo queda impreso en el sujeto el carácter bautismal, lo cual tiene implicaciones o consecuencias canónicas como:

1. El hombre adquiere condición de fiel canon 204 con la igualdad fundamental y el conjunto de derechos y obligaciones que les son propios.

2. Queda capacitado y destinado por su sacerdocio real para el culto de la religión cristiana. (Cfr. Lumen Gentium.11; Catecismo de la Iglesia Católica 1262-1268) y con ello poder ser admitidos válidamente a los demás sacramentos.


B). EL MANDATO DE CRISTO: Mt. 28, 19 -20 El mismo Señor mandó a sus discípulos a anunciar el evangelio y a bautizar a todas las naciones en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, de ahí se desprende el deber de la Iglesia de no sólo acercar a todos los hombres a la fe y a este sacramento, sino también que exista el derecho y el deber de recibir la oportuna instrucción catequética y en su momento a recibir el sacramento del bautismo. También la necesidad de una disciplina bautismal como es la práctica tradicional del bautismo de los niños, la obligación y el derecho a que los niños sean bautizados pronto, las excepciones disciplinares para casos de necesidad, las debidas cauteles para seguir la validez y la licitud del mismo.


C). SUJETO DEL BAUTISMO: ¿Quién puede ser bautizado? __ Sólo la persona viva, aún no bautizada.__ “Es capaz de recibir el bautismo todo ser humano aún no bautizado y sólo el” canon 864. Para la licitud se establece, en el caso del adulto, que se tenga preparación e intención o voluntad de recibir el sacramento.


En cuanto al bautismo de niños es una práctica inmemorial de la iglesia, surgida desde la predicación apostólica cuando “casas” enteras recibieron el bautismo. (Cfr. Hch. 16,15-33; 18,8; I Cor1, 16). En tiempos recientes hay en algunos sectores resistencia a esta práctica, argumentando la fe y la libertad previas a la recepción de la gracia bautismal. Si bien el bautismo es sacramento que requiere la fe también es sacramento que da la fe, y el hecho de que los niños no puedan profesar la fe por ellos mismos eso no impide que la iglesia los bautice en su propia fe. Y en cuanto a la libertad, en realidad no existe la libertad pura exenta de todo condicionamiento, ya en el plano natural los padres tienen que tomar decisiones por sus hijos que son indispensables, como es alimentarlos, curarlos, asearlos etc. sin que ello sea un atentado a su libertad o sin esperar a que ellos lo pidan y se entiende que esto es un deber de los padres. ¿Por qué habría entonces de considerarse un abuso o un atentado contra la libertad velar por la salud espiritual y buscar la vida eterna para sus hijos?

(Continuaremos)

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